EL DERECHO DE AUTOR EN LAS REDES SOCIALES




Escrito por José Rafael Fariñas  
©Fariñas Díaz, José R.

  
Las redes sociales constituyen hoy día uno de los mecanismos más eficaces para la interconexión entre personas de todo el mundo.

  
Redes sociales como Facebook con más de 500 millones de usuarios, Twitter con 145 millones y Tuenti con 8 millones -por solo mencionar tres- son espacios de intercambio inimaginados apenas hace 15 años. Cada uno de los nodos de esas redes, personas individuales o empresas que tienen una conexión fija o móvil a Internet y que han decidido unirse a ellas, lo han hecho por diversos motivos, pero cualquiera fuere su esfera de interés, la palabra clave en esa decisión es INTERCAMBIO.

  
Justo cuando el usuario decide intercambiar información con el resto de los usuarios de la misma red, entran en juego las consideraciones respecto a la protección legal de los contenidos, especialmente en el ámbito del derecho de autor y los derechos conexos si se trata de obras del ingenio, o fragmentos de ellas, o interpretaciones o producciones fonográficas. En este sentido, dos aspectos hay que tener en cuenta. 1) si el material sujeto a intercambio o distribución en la red es propio. 2) si el material es producido por terceros.

  
En el primer caso, por tratarse de material producido por el propio usuario, con sus propios medios, este no requiere de autorización previa para realizar intercambios con el resto de los nodos, de manera que esta actividad es completamente lícita y no atenta contra de los derechos de propiedad intelectual.

  
En el segundo caso la situación es diferente, pues ya no se trata de material producido por el propio usuario, sino que él rastrea por su cuenta la información en la red y cuando consigue algo de su interés, decide reenviarlo a terceros. Tratándose de obras del ingenio, prestaciones artísticas o producciones fonográficas, las preguntas en este supuesto son: ¿Cuál es el origen del contenido?, ¿Ha sido alojado en la red con la autorización debida por parte de los titulares del derecho de autor o de los derechos conexos?.

  
Desde el punto de vista del derecho de autor en Venezuela, cinco son las disposiciones que habrían de tenerse en cuenta, por lo menos, en este último supuesto.

  • La propiedad intelectual, y específicamente los derechos que corresponden al autor y la autora sobre sus obras, están protegidos constitucionalmente en el art. 98 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.


  • El art. 23 de la Ley Sobre el Derecho de Autor (en adelante LSDA) establece que el autor goza del derecho exclusivo de explotar su obra en la forma que le plazca y sacar de ella beneficio. Por lo tanto, quien pretenda hacer uso de ella a través de cualquier forma o procedimiento, requiere de una licencia de uso previa y expresa.
  • El artículo 42 de la LSDA expresa que es ilícita la comunicación, reproducción o distribución total o parcial de una obra sin el consentimiento del autor, y en su caso, de los derechohabientes o causahabientes de éste.
  • Tratándose de contenidos protegidos que tienen un autor o titular de los respectivos derechos, constatar que los mismos no se encuentren en cualquiera de los supuestos de limitación a los derechos de explotación, previstos en los artículos 43 al 49 de la LSDA. Si ese fuera el caso, no se requeriría de licencia previa para su utilización.
  • Finalmente, ha de tenerse en cuenta que las actividades de comunicación pública, distribución y reproducción ilícita de obras y prestaciones constituyen delitos. En los dos primeros casos sancionadas con penas de 6 a 18 meses y en el tercero entre 1 y 4 años de prisión, tal como lo establecen los artículos 119 y 120 de la LSDA.


En cuanto a la responsabilidad por el uso, en redes sociales, de contenidos protegidos por el derecho de autor y los derechos conexos, tratamos básicamente de contestar las cuestiones referidas a quién es responsable por las violaciones a las normas del derecho de autor y los derechos conexos, a propósito del uso ilícito de obras y prestaciones en las redes sociales, y en qué casos esas responsabilidades podrían ser por hecho propio o por hecho ajeno, partiendo del supuesto de que son mayoritariamente extracontractuales.

Consideramos útil, a los fines de responder a estas interrogantes, dividir los sujetos en tres categorías:

  
1. Usuarios de las redes sociales. Cada una de estas personas suele llevar a cabo distintas actividades en las redes sociales. Sin embargo, las relativas a la producción y carga de videos, almacenar y compartir canciones, reproducir y compartir fotografías, así como reproducir total o parcialmente entradas de blogs y sitios Web en forma ilícita, generan no sólo responsabilidad civil por hecho propio, sino también de naturaleza penal, sancionados usualmente con penas de prisión. En este caso, el usuario de la red social es el agente inmediato del daño.

  
2. Terceros no usuarios de las redes sociales. Como productores de contenidos pueden ser de tres categorías: a) autores, b) intérpretes o ejecutantes, c) productores. En el primer caso, titulares de derecho de autor, y en los dos restantes, titulares de derechos conexos.

  
Como usuarios de obras y prestaciones pudieran ser responsables por el uso de contenidos, en la misma forma que aplica para los usuarios de las redes, tal como fue indicado supra.

  
3. Prestadores de Servicios en Internet (ISP). Sólo nos referiremos a los servicios de alojamiento (hosting) y de enlaces (links) o instrumentos de búsqueda.


 3.1. Servicios de alojamiento de datos o Hosting. La responsabilidad viene dada en este caso en función del conocimiento efectivo de que la actividad o la información es ilícita, pues con base en la premisa de que el intermediario asume una mera función de enlace técnico, donde no controla ni decide sobre la información que maneja, se le establece una responsabilidad subjetiva.

  
3.2. Enlaces (links) o instrumentos de búsqueda. Los enlaces o links podrían dar lugar a responsabilidad por hecho ajeno y crea condiciones para que se formulen pretensiones resarcitorias en razón de enlaces no consentidos, especialmente contra importantes prestadores de servicios, pues son ellos -y no los autores del acto dañoso- los que representan mayor atractivo para las pretensiones económicas del titular de los derechos de propiedad intelectual cuya vulneración hubiere ocurrido en virtud de un enlace no autorizado .

  
No todo lo que brilla es oro

No toda la información publicada en la red puede ser considerada una obra de ingenio y por ende susceptible de protección. Por ejemplo, se plantea si un tweet que alcanza apenas los 140 caracteres entra dentro de la categoría. Nuestra opinión es que no está protegido por el derecho de autor. Pero podría estarlo. Basta para ello que:

  • Tenga carácter de originalidad como un poema, un haiku, un aforismo o fragmentos de cualquier otra obra literaria.
  •  Dichas publicaciones estén comprendidas dentro del plazo de protección legal
  •  No estén comprendidas en ninguno de los supuestos de limitaciones
  • No se trate de referencias a hechos, personas, simples comentarios o noticias del día.

  
Situación distinta es la que se presenta cuando un tweet es referencia a un link que remite a la entrada de un blog o sitio web. En este caso, el tweet en sí mismo no está protegido, pero sí pudiera estarlo el contenido al cual remite con el link twiteado.


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UCV celebró Día Mundial de la Propiedad Intelectual con Foro



Como hace ya algunos años, la Universidad Central de Venezuela organiza para la celebración del Día Mundial de la Propiedad Intelectual, cada 26 de abril, el Foro Universitario destinado a este tema, creado por el el Prof. Leonel Salazar y sus estudiantes.

En esta oportunidad, el tema giró en torno a la Propiedad Intelectual en el entorno digital; destacados especialistas dieron en sus ponencias significativas informaciones sobre el maravilloso mundo digital y el impacto que esto tiene en el derecho de los creadores.

Luego de las palabras de apertura, el primero en tomar la batuta fue el reconocido profesor Francisco Astudillo, quien desgastó el temario de las Tecnologías digitales y la Propiedad Intelectual, dentro de su intervención explicó todo lo relacionado al nuevo mercado digital, donde el producto se muda a este nuevo ecosistema, en donde las redes sociales cuentan con una gran participación; de igual forma habló del streaming, un nuevo método que cambió la industria musical, dejando de lado el formato físico y los grandes retos que todo este avance trajo para proteger a los autores, tanto de programas de computación, RRSS y los productos que son ofertados día a día a través de la internet.

Seguido del Prof. Astudillo, comenzó la participación del especialista Rafael Ortiz con “La música digital y su impacto en el derecho de autor”, este explicó el cambio que ha experimentado la industria de la música, donde la digitalización se convierte en la herramienta número uno de los compositores y artistas, al igual que las grandes compañías y disqueras se mudan al mundo digital. Todo estos avances, comentó Ortiz, están contrapuestos a la propiedad intelectual, por ser lo digital susceptible a ser copiado, muchas veces con la excusa del derecho a la cultura y a la información, sin duda representa un reto para todos los involucrados.

De igual forma, el Prof. Leonel Salazar contribuyó con su exposición sobre “Los repositorios digitales y derecho de autor”, donde subrayó “no es que el conocimiento no se quiera divulgar, pues ¿Qué autor no quiere ser leído? La gente tiene la necesidad de que su conocimiento sea conocido, el problema es la monetización del conocimiento”, también comentó que es más sencillo para los autores cuando su obra está en físico, para poder controlar administrativamente cómo es percibida.

Inmediatamente fue presentado el Abogado Ricardo Alberto Antequera, a quien le correspondió hablar sobre “Las nuevas formas de hacer publicidad en las redes digitales”, en esta interesante ponencia Antequera comentó todo lo relacionado con los nuevos métodos de publicidad gracias a la llegada de las RRSS, en donde se presentan los youtubers y los influencers, siendo considerados como “nuevas celebridades digitales”, pues tienen una comunidad bastante numerosa y pueden llegar a un público nutrido, por lo que son contactados por las marcas para publicitar sus productos.

Asimismo, el Prof. De la UCV, Raymond Orta conversó sobre “Los medios de prueba en el ámbito digital”, pues aunque suene difícil hay maneras de probar plagio o copias, fraude y muchos otros hechos ilícitos realizados a través del campo digital, en su tema explicaba que todo lo tecnológico cuenta con una huella que puede servir para comprobar algo, si fuera necesario.

Para finalizar, el reconocido abogado y profesor Roman José Duque Corredor habló sobre la Propiedad Intelectual en el Siglo XXI, aunque confesó no ser especialista en la materia de Propiedad Intelectual, sí ser un preocupado en todo lo concerniente a este tema y enfatizó “los estados que progresan son los que producen producto intelectual, libros, cultura, tecnología; por eso es muy importante cuidar las propiedades de ingenio, la posibilidad del que ser humano se sienta creador, inventivo”, concluyó.

Al finalizar el Prof. Leonel Salazar habló sobre la importancia de la realización anual de esta actividad, “este evento lo hemos organizado porque siempre hay que difundir la Propiedad Intelectual en este país, a pesar de que ha sido muy maltratada, prueba de eso que tenemos una Ley de Propiedad Industrial que data del año 1955”.

Con respecto al tema escogido en esta edición Salazar comentó, “el temario de hoy se basa en que son los temas que están ahorita en la palestra mundial de la Propiedad Intelectual, cuando la Propiedad Intelectual se ubica en un plano virtual en el cual no existe nada fijado.


Estaba programado para la tarde la inauguración de la Cátedra Libre de Propiedad Intelectual, pero fue suspendido y será nuevamente reprogramado, el Prof. Salazar reveló su objetivo “la cátedra lo que busca es institucionalizar esta iniciativa de difusión y defensa de la Propiedad Intelectual desde la UCV, es una cátedra libre para muchas personas, por su puesto bienvenidos siempre a Sacven”.

Copyright original en SACVEN

TIEMPO, TEMAS Y ECOS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL


Por José Rafael Fariñas.

Todo hacer es contextual. Tiene un espacio temporal que se mide no en horas, días, meses, años o siglos sino en las diversas circunstancias políticas, sociales y económicas que lo rodean. Guarda relación con una temática específica y se vale por supuesto de animadores que lo conciben y lo llevan a cabo.
Tomando como base ese esquema, no he dejado de pensar acerca del reciente evento sobre propiedad intelectual que tuvo lugar en la Universidad de los Andes, Mérida, durante los días 12 y 13 de este mes de enero.

Como si al pensarlo, el evento se repitiera una y otra vez y los ecos ya no cesaran de pura resonancia.

Tiempos de la propiedad intelectual

Lo primero en lo que pensé fue ¿cómo hemos sido capaces de llevar a cabo con éxito y con tan poco tiempo este seminario sobre propiedad intelectual en la ULA? ¿cómo se han podido generar las sinergias necesarias y el compromiso de la gente alrededor del evento en unas circunstancias del país tan complejas y en la que la prédica común aconseja aguantarse y optar por el repliegue? Cuando decimos de la gente nos referimos no solo a los organizadores, sino también a los ponentes, estudiantes y público en general que asistió al evento con verdadero entusiasmo.
La respuesta no puede ser otra -me dije- que la necesidad de seguir remando, apostando por Venezuela como escribimos en nuestro post anterior [ver aquí] sobre este mismo evento. La Propiedad intelectual interesa a todos, transversalmente va mucho más allá de su espacio habitual y se conecta con la creatividad, el entretenimiento, la innovación en todas sus formas, la economía, la cultura y muchos más.  Es un tiempo convulso, dentro y fuere de nuestra geografía, un tiempo en que se cuestiona la propiedad intelectual, en que la narrativa comunicacional sobre ella no nos favorece porque el mensaje lo construyen otros, no sus actores naturales. No obstante, el tiempo es aquí y ahora, con todas sus vicisitudes y por muy complejas que ellas sean, la propiedad intelectual opta por la acción, por la movilidad para seguir creando saberes que estimulen el desarrollo.

Temas de hoy en la propiedad intelectual

Los temas fueron diversos y de mucho interés, sobre todo en torno al eje central que fue la economía creativa.

Nos paseamos desde la economía de la cultura, pasando por la incidencia de la creación en el desarrollo, marcas, medios digitales, impresión 3D, innovación y propiedad intelectual, nuevas formas de hacer publicidad, música digital, telecomunicaciones, videojuegos, hasta diseño e inteligencia artificial, entre otros temas. En medio de estos tópicos tan actuales e impensables hace apenas unos años en los foros de la propiedad intelectual, solo quedaron en el ambiente algunas preguntas -y hasta hubo quien expresó su peocupación por ello- ¿está  preparado el postgrado en propiedad intelectuald de la ULA (epi) para asumir este nuevo reto que implica la irrupción de la tecnología de manera decidida en todas las actividades relacionadas con la propiedad intelectual? ¿estarán los profesores y estudiantes del postgrado a la altura de esta nueva realidad? Creemos decididamente que sí, pues la voluntad existe y el compromiso también.

Voces y ecos más allá de los días

Y entre una y otra conferencia, entre el entrar y salir de estudiantes presurosos y profesionales que escuchaban atentos con ansias de saber cada vez más, se oían los mensajes: “Todas las creaciones intelectuales tienen incidencia en el desarrollo  socio-económico”…”Las obras intelectuales son un factor fundamental en la conformación de la identidad cultural”…”el ecosistema de las ICC ha de poner énfasis en los autores y los artistas, pues contribuyen a su desarrollo”…”El auge de la música digital no ha favorecido a los titulares de derechos en la misma medida en que lo ha hecho con las plataformas en línea y ello plantea un nuevo reto”…etcétera.

Durante el vuelo de regreso a Caracas y aún hoy, los ecos retumban en nuestra cabeza. Debe ser un llamado a no bajar la guardia, me digo.
Fuente: ©original en: ipclick

Imag: CreateSpace

¿Estás listo para comenzar a escribir ese nuevo manuscrito, pero no puedes cuantificar las estrategias que te ayudaron a completar el manuscrito anterior? Aquí hay cinco estrategias de escritura a tener en cuenta al comenzar a poner palabras en el papel:



Por: Richard Ridley

Tono: El tono de su primer párrafo debe indicar el género de su libro. ¿Escribir una novela de terror? El tono debe ser amenazador. Planificación de un misterio? Su primer párrafo debe contener un aire enigmático. Una novela romántica debe conducir con una indirecta del anhelo. Cuando los lectores terminan el primer párrafo, deben tener una idea de qué tipo de libro están a punto de invertir.

Personajes: Conoce a tus personajes principales antes de empezar a escribir. No me importa cómo logres esto, pero tienes un conocimiento detallado de los antecedentes de tus personajes principales antes de estructurar tu argumento. Además, saber cómo su historia va a cambiar.

Para: Deja de escribir para el día en que sabes lo que va a suceder a continuación. Dése un poco de tiempo para reflexionar sobre los detalles de la siguiente parte de la historia. Déjelo marinar en sus jugos creativos.

Trama: Conocer el final de su historia antes de escribir le ayudará a completar un primer borrador más rápidamente. Hay algo acerca de conocer su destino de narración que le ayuda a atravesar el viaje en un tiempo récord.

Simplemente hazlo: No seas perfecto ... al menos la primera vez. Escriba su primer borrador con abandono imprudente. Déjate llevar y deja que tus dedos vuelen por el teclado.

Fuente: ©Original en: CreateSpace.com 

Iniciativas del sector científico y tecnológico

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